Limites de la potestad tributaria

Los limites de la potestad del estado en materia tributaria están basados principalmente en el principio de legalidad consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en el articulo 31, fracción IV. En las garantías individuales y la soberanía del pueblo a través de la democracia.

El Principio de legalidad tributaria, nos dice que, las contribuciones, ya sean federales, estatales o municipales, así como las del Distrito Federal, deben encontrarse establecidas de forma expresa en una ley, en sentido formal y material, por lo que en la ley debe establecerse los elementos y supuestos de la obligación tributaria, como son el hecho imponible, el sujeto pasivo, el objeto y la cantidad de lo prestación impositiva.

Otro limite de la potestad tributaria radica en las garantías individuales, que para la creación de una ley o acto, no tengan el vicio de la inconstitucionalidad, por lo que se puede desprender que esta limitante las tiene las autoridades y no puede ser sobrepasada, a tratarse de que nada esta por encima de la ley.

Entre los aspectos que se consideran como limitante y que a su ves darán eficacia a esta potestad, son la fuerza que tiene la existencia de la democracia en nuestro país, por medio de la cual el pueblo pueda tomar sus propias decisiones, y con esto elegir a sus gobernantes, que a su sano juicio, sean los más convenientes, en lo que constituye su soberanía y que el gobierno al aplicar la ley lo pueda hacer de una manera razonable tomando en cuenta todos los elementos que se consideren importantes para llegar a una buena resolución de un caso concreto.

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